jueves, 16 de junio de 2011

ÚLTIMAS Resoluciones de la D.G.C.y E. sobre COBERTURA CARGOS JERARQUICOS Y SUPLENCIAS

Compartimos aquí el Link a la copia de las RESOLUCIONES en cuestión y un breve resumen de cada uno de ellos, referidos a la interpretación del Estatuto Docente para cobertura de Cargos Jerárquicos, Ceses y otras cuestiones.

Resolución 1181/2011
Se derogan los decretos 491 y 598/94 por los que se consideraba en forma inmediata la vacante por renuncia, fallecimiento o abandono de cargo con las implicancias en cuanto a situación de revista del reemplazante.

Ahora por la Resolución 1181/2011 "en los casos de renuncia y abandono de cargo de personal docente y mientras se encuentra pendiente el acto administrativo que corresponde, no podrá considerarse liberada la vacante".

Resolución 1182/2011
Fue planteada una cuestión interpretativa del Art. 110 inc. a) del Estatuto del Docente de la provincia de Bs. As., Ley 10.579 y modificatorias.

Se interpreta más acabadamente el inc. a) del Art. 110 del Estatuto Docente, señalando que "el reintegro a que se refiere... es reintegro efectivo a la prestación de servicio con presencia física del docente al frente de sus funciones específicas".

Resolución 1183/2011
Refiere a la asignación de funciones jerárquicas transitorias.  En primer término ratifica el criterio de imposibilidad funcional de acumular en una misma persona más de una función jerárquica en el mismo establecimiento.

Al mismo tiempo, establece que el vicedirector transitorio puede tomar la dirección también transitoria, vacante del mismo servicio y que una vez cumplida la transitoriedad puede volver a su desempeño como vicedirector si aún se encuentra vacante.

Resolución 1184/2011
Refiere a una consulta que realizan los Tribunales de Calificación a los efectos de los traslados dentro del intervalo de los items X y XII del escalafón del art. 11 del Estatuto del Docente.

Se determina entonces "que a los efectos de los traslados, no se deberá considerar la diferencia de jerarquía entre los cargos de los ítems X al XII del escalafón docente - Art. 11  de la Ley 10.579 y su reglamentación- siempre que se acceda a ellos por llamado a concurso para la cobertura indistinta de los diferentes ítems y categorías según un único orden de mérito.

Agrupación Granate de SUTEBA en Quilmes

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